Las personas físicas arruinadas pueden tener una segunda oportunidad a través de la Ley Concursal.

La Ley 14/2013 de 27 de Septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización introdujo el Titulo X de la Ley Concursal, cuya rúbrica es el «Acuerdo Extrajudicial de Pagos».
Con ello se intentaba buscar una opción mas sencilla y económoca que el Concurso de Acreedores para empresas insolventes.

Insolvencia no quiere decir inexistencia de activo alguno. si esta ….

 

LETICIA GARRIDO, abogada, socia de la Firma LegalBARCELONA


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